Posición de la CGTP frente a la reforma laboral

Gerónimo López Sevillano
Secretario General de la CGTP

La crisis económica, política y social que sacude el país, es el reflejo de las contradicciones, no antagónicas, en las alturas del poder político, por el control del Estado para ponerlo al servicio del capitalismo transnacional y de la oligarquía empresarial. Un Legislativo con una mayoría, fujimorista y aprista, que blinda la corrupción se ha hecho insoportable e indeseable. Un gobierno con un Ministro de Economía y Finanzas con superpoderes y sin crecimiento económico, que sirve a las grandes empresas con exoneraciones tributarias y de ajuste a la economía popular; un Ministro de Relaciones Exteriores que hace coladera en nuestras fronteras para incrementar el desempleo y la informalidad y un Ministerio de Trabajo que sirve como mesa de parte de los intereses empresariales, han alejado la confianza de la población, por lo que resulta justificado el grito popular: ¡Que se vayan todos!

El Presidente ha anunciado elecciones generales adelantadas como salida a la crisis. El 28 de julio del 2020 tendremos nuevo Gobierno y nuevo Congreso de la República. La CGTP considera que la convocatoria a nuevas elecciones es una oportunidad para las fuerzas laborales y populares y hace un llamado al trabajo de articulación de los partidos de izquierda, democráticos, progresistas, nacionalistas, antineoliberales a constituir la alternativa bajo un solo frente, un solo programa y una sola candidatura. El capitalismo parasitario y sus voceros políticos han demostrado incapacidad de gobernar en función del desarrollo independiente y soberano del país. Ellos administran la corrupción y la explotación. Ellos, los capitalistas, roban anualmente 113 mil millones de soles a todos los peruanos mientras estamos obligados al pago de impuestos. Por ello, es hora de los trabajadores y el pueblo

Como es de conocimiento publico , La Confederacion general de trabajadores del Peru-CGTP suspendió su participación en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo debido a que el 31 de diciembre del 2018, el Gobierno Nacional aprobó y publicó la “Política Nacional de Competitividad y Productividad”  de manera unilateral y al margen del diálogo social, incumpliendo con el acuerdo tripartito suscrito el 3 de diciembre del 2018 para que la política de Competitvidad y Productividad sea debatida en el ámbito del diálogo social tripartito.

Conforme a los Convenios 144 y 122 de la OIT ratificados por el Perú, la Política Nacional de Competitividad y Productividad y la formulación del Plan Nacional de Competitividad y Productividad deben ser fruto del diálogo social y del consenso tripartito

Nuestra central ha solicitado al Gobierno Nacional que en cumplimiento de los Convenios 144 y 122 de la OIT, disponga la derogatoria del Objetivo Prioritario N° 5 de la Política de Competitividad y Productividad aprobado mediante D.S N° 345-2018-EF y del D.S N° 237-2019-EF   y que su temática pase a ser debatida y consensuada en el Consejo Nacional de Trabajo (CNT).

Esta petición se fundamenta, además, en que el Gobierno insiste en mantener, e incluso profundizar, un enfoque de precarización laboral que – aplicado desde la dictadura de Alberto Fujimori- ha fracasado rotundamente en su pretendido fin de reducir la formalidad y generar empleo decente. Bajo la premisa comprobadamente errónea de que los derechos reconocidos a los trabajadores constituyen las principales barreras para la formalización y la productividad laboral, ha dictado y persiste en seguir dictando normas y modificar las existentes para mermar aún más la efectividad de nuestros derechos.

UNILATERALMENTE Y SIN CONSULTAR A LOS TRABAJADORES, en octubre del 2016, promulgó el D.L N° 1246 quedispuso que los empleadores ya no se encuentran obligados a registrar ante la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT), los contratos de trabajo temporales que firmen con sus trabajadores, dificultando que éstos puedan acceder a copias de los mismos y entorpeciendo el rol fiscalizador que tiene la AAT, tal como lo señalo la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso que recalcó que perjudicaba desproporcionalmente a los trabajadores en tanto dificultaba severamente la fiscalización de la contratación temporal.

UNILATERALMENTE Y SIN CONSULTAR A LOS TRABAJADORES, el gobierno  aprobó el 2017 el DL N° 1431 extendiendo el régimen de precarización laboral de la agroindustria (Ley N° 27360) al sector de la acuicultura. Régimen que permite el uso indefinido de contratos temporales por temporada, sin necesidad de invocar justificación alguna, que son habitualmente empleados para evitar la sindicalización de los trabajadores.

UNILATERALMENTE Y SIN CONSULTAR A LOS TRABAJADORES, el gobierno  aprobó el año 2018 el DS N° 007– 2017–TR que modificó el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (DS N° 010–2006–TR) debilitando sus facultades, reduciendo el monto de las multas administrativas que dicho órgano puede imponer en los casos de incumplimiento e infracción a la normativa laboral, así como la imposibilidad de que la Autoridad Inspectiva pueda ordenar dos actuaciones inspectivas, de oficio, a una misma empresa sobre la misma materia.

UNILATERALMENTE Y SIN CONSULTAR A LOS TRABAJADORES, además de traicionar la palabra empeñada por el Presidente Vizcarra, el gobierno aprobó en diciembre pasado el DS N° 345–2018–MEF, que aprueba Política Nacional de Competitividad y Productividad Nacional (PNCP).

UNILATERALMENTE Y SIN CONSULTAR A LOS TRABAJADORES, el gobierno acaba de aprobar el D.S N° 237-2019-EF instituyendo un Plan Nacional de Competitividad y Productividad Nacional que tiene como referente a la Política Nacional de Competitividad y Productividad Nacional y, por tanto – y como ella – parte de un diagnóstico interesadamente equivocado. Y, desde ese diagnóstico, se propone desarrollar medidas que auguran profundizar un fracaso que ya tiene más de treinta años. Y esto es

así, porque el diagnóstico en que se basa el Pilar Laboral de la PNCP (Pilar 5) parte de tres tesis falsas: (i) que el reconocimiento de la reposición como protección adecuada contra el despido efectuada por el TC el 2001 disparó la contratación temporal y la precarización de los empleos; (ii) que el Perú tiene muy elevados costos de despido y eso impide formalizar y contratar más trabajadores; y (iii) que existen sobrecostos laborales que disuaden la formalización laboral.

Estas tesis son falsas, primero, porque la contratación a plazo fijo no es efecto de la sentencia del TC del 2001, sino que se exacerbó con las reformas laborales de Fujimori en los 90, que alentaron la utilización de un extenso abanico de contratos modales que pueden ser utilizados hasta por 5 años, a los que se suman los contratos a tiempo parcial y los contratos ligados a la exportación no tradicional que pueden suscribirse sin límite. Segundo, porque tampoco es cierto que en el Perú sea costoso despedir a un trabajador: solo 3 de cada 10  asalariados privados formales tiene un contrato a plazo indeterminado, lo que quiere decir que 7 de cada 10 firman contratos con despido anticipado; la legislación vigente contempla 38 supuestos y sub-supuestos individualizados de falta grave que justifican un despido sin pago (artículo 25 DS 003-97-TR), a lo que se suma el que puede despedirse sin costo a quien sea condenado penalmente (art. 27 DS 003-97-TR) o nombrado en un cargo de Dirección o de confianza (art. 43 DS 003-97-TR), existiendo asimismo 10 supuestos que justifican ceses colectivos (caso fortuito, fuerza mayor,  motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos, disolución, liquidación, quiebra o restructuración patrimonial de la empresa) en los que el costo de despido es costo cero. Y, por si no les fuera suficiente, en  las MYPEs, el régimen laboral agrario y el del trabajo del hogar despedir cuesta mucho menos que en el régimen común.

Tampoco es cierto que existan sobrecostos laborales que obstaculicen la formalización laboral pues el Perú tiene uno de los costos laborales más bajos de Latinoamérica; y, con US $ 279 al mes, tiene uno de los salarios mínimos más bajos de Latinoamérica, cuyo promedio es de US $ 330. A contrapelo de lo que propugnan estas tesis fracasadas, los regímenes especialescon menos derechos no han contribuido a incrementar la formalidad: el más barato de todos (el de las MYPEs) solo ha logrado formalizar al 7% de las MYPEs. A lo que han contribuido, por el contrario, es a incrementar la precarización laboral, destruir el sindicalismo y anular la negociación colectiva.Por acción y omisión de este gobierno, el Perú no solo viene violando sus obligaciones internacionales relacionadas con los derechos de los trabajadores protegidos por los Convenios de la Organización Internacional del

Trabajo (OIT), sino que también viene incumpliendo sus obligaciones en el marco de los capítulos laborales de los acuerdos comerciales suscritos con los Estados Unidos y Europa, cuyas autoridades vienen reclamando públicamente, desde el 2016, que se adopten medidas para superar estas violaciones, sin que el gobierno haya tomado en serio estos llamados de atención.

También POR RESPONSABILIDAD DE ESTE GOBIERNO, EL PERÚ ES UNO DE LOS 4 PAÍSES DE AMÉRICA QUE NO CUENTAN CON UNA CÓDIGO O LEY GENERAL DEL TRABAJO. Pero el gobierno quiere que hacer las cosas al revés, y que se discutan reformas reglamentarias antes de aprobar una Ley General del Trabajo. Peor aún, en vez de proponer medidas en consulta con los trabajadores para superar todas estas falencias, SUBORDINADO A LA CONFIEP, este gobierno (UN GOBIERNO DE SALIDA) pretende imponer una agenda a los trabajadores diciéndoles lo que se puede y lo que no se puede discutir. Siendo evidente que su único propósito es que los trabajadores organizados avalen medidas que, basadas en un diagnóstico fracasado, solo van a redundar en peores condiciones de vida y de empleo para los trabajadores y sus familias y no van a resolver ni la problemática de la informalidad, ni los obstáculos que hoy realmente conspiran contra la productividad y competitividad del país.

Los trabajadores no aceptamos discutir en esas condiciones, porque no aceptamos una política de hechos consumados. LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS UNILATERALES Y SIN CONSULTA ES PROPIA DE UN GOBIERNO AUTORITARIO Y NO DE UN GOBIERNO DEMOCRÁTICO.

Los trabajadores creemos que lo propio de un gobierno genuinamente preocupado por el bienestar de las y los trabajadores es que se procure un diagnóstico adecuado, enfile su acción en función de un desarrollo pensado en función de las mayorías del país, y deje de asumir como suyas las medidas promovidas por una minoría de empresarios que vive de espaldas al país y solo tiene un dios la codicia y el lucro.

No aceptamos un pilar laboral en la Política y el Plan Nacional de Competitividad y Productividad Nacional que no respete el diálogo social, ni haya sido objeto de discusión en el Consejo Nacional de Trabajo (CNT). Exigimos se debata un diagnóstico basado en evidencias y no en ideologías o el afán de lucro de un puñado de empresas, así como en una evaluación rigurosa de los impactos que las medidas de flexibilización laboral aplicadas desde los 90 han tenido en la calidad de vida y el empleo de los peruanos, antes de definir las medidas que se deben adoptar. Exigimos que se discuta la derogatoria de los regímenes laborales discriminatorios que restituya derechos de los trabajadores y que nos encamine a la discusión de una Ley General del Trabajo antes de discutir cualquier reforma reglamentaria. Exigimos, y esperamos que quede claro, RESPETO. SOLO Y NADA MENOS QUE RESPETO.

La CGTP, estima que la decisión de derogar el Objetivo Prioritario N° 5 de la Política de Competitividad y Productividad aprobado mediante D.S N° 345-2018-EF y del D.S N° 237-2019-EF en cumplimiento y respeto de los Convenios OIT ratificados por el Perú, nos permitirá ingresar a un proceso de diálogo social franco y abierto con los demás actores del mundo del trabajo hacia una reforma laboral y económica que potencie la competitividad, productividad, formalización y el crecimiento integral y sostenible de la economía con pleno respeto de los derechos laborales. Corresponde al gobierno, adoptar las medidas necesarias para que en cumplimiento de los Convenios 144 y 122 de la OIT ratificados por el Perú, se haga posible y viable el diálogo social tripartito.

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