LA PROPUESTA DE LOS TRABAJADORES Y LA CONFIEP ANTE LA PANDEMIA DEL COVID-19

Rosa Varillas

Ante las diversas medidas laborales que fueron aprobadas por el gobierno desde que se inició la emergencia sanitaria a nivel nacional, las Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP y la Central Unitaria de Trabajadores del Perú – CUT presentaron el documento “Análisis crítico de las medidas adoptadas por el Estado y las empresas frente a los impactos del Covid-19 en relación a los derechos laborales y la salud de los trabajadores” en el cual analizan los decretos que dictó el gobierno y proponen diversas medidas en función de proteger a los trabajadores. Por su parte, la CONFIEP que durante estos meses ha influido en la decisión del gobierno en materia laboral, también presentó su documento “Agenda de reactivación 2020” donde establece una serie de medidas de corto plazo para recuperar el dinamismo del mercado de trabajo.

A continuación desarrollaremos algunas de las principales propuestas establecidas en ambos documentos.

PROPUESTAS DE LAS CENTRALES SINDICALES, CGTP Y CUT:

1. Sobre la suspensión perfecta de labores: Para los trabajadores,cuando el gobierno publicó el Decreto de Urgencia N° 038-2020, tenían serias limitaciones para realizar acciones colectivas debido a la debilidad de las organizaciones sindicales (6% de afiliación), y las medidas de inmovilización social obligatoria. Es recién con el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 038-2020 que se incorpora privilegiar el diálogo colectivo antes de implementar la medida de la suspensión perfecta de labores, situación que no ha sido adecuadamente cumplida por los empleadors.

Medidas:

– Aprobar un Plan Nacional de Promoción de la Libertad Sindical, la revisión de la normativa de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo que limitan la organización colectiva, el registro de organizaciones, las modalidades de huelga y la negociación colectiva. Proponen una reforma de la contratación temporal que se garantice el empleo a plazo indefinido.

– Revisar la suspensión perfecta, privilegiar una política de promoción del acceso al empleo a plazo indefinido con incentivos tributarios, articulado a un Plan Nacional de Formalización Laboral que integre a la SUNAFIL, y la SUNAT.

2. Sobre la pérdida de los ingresos: El gobierno ante la implementación de la suspensión perfecta de labores otorgó subsidios por pérdida de ingresos, pero según las centrales estuvieron desprovistos de criterios de equidad y solidaridad.

Medidas:

– Revisar los mecanismos de protección social frente a contingencias como la pérdida temporal del empleo sea por caso fortuito o por motivos temporales de fuerza mayor, fortalecer la visión sistémica de la protección de la salud, programas de protección de grupos vulnerables, renta universal, recuperar la visión sistémica de la seguridad social como derecho universal de cobertura de riesgos para asalariados y no asalariados.

3. Sobre el silencio administrativo positivo en la suspensión perfecta de labores: Dicho recurso privilegia a los empleadores para que implementen la suspensión perfecta de labores sin que se haya realizado un análisis del cumplimiento de los requisitos establecidos por Ley. De esta manera, las centrales señalan que se introduce un trato discriminatorio que perjudica a los trabajadores en su derecho al trabajo y a una remuneración digna.

Medidas:

– Revisar los procedimientos de extinción colectiva de los vínculos así como de la posibilidad de introducir esquemas de regulación temporal del volumen de empleo sin afectar desproporcionadamente la estabilidad, garantizando la participación de los trabajadores.

4. Sobre la ausencia de un sistema de protección social articulado: Los trabajadores autónomos y los asalariados formales e informales adolecen de un sistema de protección social que les permita hacer frente a estas situaciones de crisis. Por lo que las centrales señalan que es necesario la implementación de una adecuada protección contra el desempleo

5. Sobre el grupo de riesgo: Las centrales señalan que ante la protección al grupo de riesgo y la priorización del trabajo remoto se contrapone la regla que permite la “autonomía de la voluntad” para la reincorporación al trabajo de los que pertenecen al grupo de riesgo

Medidas:

– Revisión de las medidas dictadas en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, promover, a partir del modelo de reforma de la seguridad social y los riesgos del trabajo y su protección universal propuesto por la Centrales Sindicales.

6. Sobre el trabajo remoto: La norma del trabajo remoto no contempla a diferencia del teletrabajo que el empleador asuma los costos de las condiciones de trabajo, herramientas tecnológicas, acceso a internet y otros. Además, esta nueva modalidad ha generado conflictos  entre la vida privada y el tiempo de trabajo, siendo necesario regular el derecho a la desconexión digital.

Medidas:

– Armonizar y lograr una protección coherente del trabajo remoto con el teletrabajo sin afectar desproporcionadamente derechos básicos de toda regulación del contrato de trabajo garantizando elementos como el principio de la ajenidad en los riesgos (asumir costos de conexión por ejemplo) así como el derecho a la desconexión que armonice el trabajo con la vida privada y familiar.

6. Sobre la seguridad y salud en el trabajo: Las centrales indican que es necesario que se establezcan espacios de participación de trabajadores y empleadores en materia de SST como la creación de una instancia intermedia entre el CSST y los supervisores de SST. Asimismo que se tenga un enfoque sectorial o de actividad económica para la elaboración y aprobación de los Protocolos Sanitarios que se venían aprobando en materia de SST para el retorno progresivo de las actividades económicas.

Medidas:

– Modificar la LSST creando un comité de seguridad y salud en el trabajo sectorial o por rama de actividad.

PROPUESTAS DE LA CONFIEP:

La CONFIEP, ha presentado una serie de medidas de corto plazo para dinamizar el mercado de trabajo en plena crisis.

1. Promover la inversión pública: A través de un Plan de inversión pública en proyectos de infraestructura que genere empleos formales temporales.

2. Acelerar la resolución de solicitudes de Suspensión Perfecta de Labores: Realizando modificaciones a la norma para que sea más simplificada su admisión o procedencia.

3. Grupos de riesgo: Para que los trabajadores del grupo de riesgo que no puedan realizar trabajo remoto reciban un subsidio por incapacidad temporal a cargo de ESSALUD.

4. Trabajo remoto indefinido: Establecer de manera indefinida el trabajo remotoinstaurado.

5. Crear un Régimen laboral de emergencia: De duración mínima de un año para empresas afectadas por la crisis, que les permita: a) Entregar bonos o beneficios remunerativos temporales, que no estén afectos a cargas sociales ni tributos; b) Reducir jornadas y remuneraciones compensándolas con acceso a CTS, AFP o subvenciones estatales; c) Prorratear gratificaciones y CTS; d) Contrataciones laborales temporales de emergencia por un año.

6. Crear un régimen de incentivos a la contratación formal de personas o a la reconversión laboral.

7. Crear una modalidad específica de contratación temporal por “Reactivación económica”: Donde se establezcan medidas que permitan un mayor incentivo para la contratación de nuevos trabajadores hasta diciembre de 2021.

8. Mejorar la regulación de los contratos a tiempo parcial: Para que el promedio de tiempo se compute siempre de forma semanal y no diario, sin importar el número de días en los que se lleve a cabo el trabajo.

BALANCE:

Como se puede observar, las centrales sindicales han propuesto diversas medidas para proteger a los trabajadores frente a la pandemia del Covid-19. Más aún, si el gobierno ha venido aprobando normas que benefician principalmente a la gran empresa. A pesar de ello, la CONFIEP sigue presentando propuestas que precarizan aún más el empleo como el “Régimen laboral de emergencia” y la contratación temporal por “Reactivación económica”, que representa una mayor amenaza para los trabajadores.

Ante esta situación, consideramos que el gobierno no puede continuar sólo atendiendo las demandas de la CONFIEP. El diálogo social tripartito, cuya necesidad hemos reiterado en la Recomendación N° 398 “Promover y Fortalecer el Diálogo Social en los Países Andinos Frente a los Cambios en el Mundo del Trabajo” que presenté y fue aprobado en el Parlamento Andino,  no fue instalado desde el inicio de la pandemia a pesar de las recomendaciones de la OIT. Ahora, a siete meses de iniciada la pandemia urge que se instale el diálogo social con los trabajadores, empleadores y el gobierno para reorientar las medidas hacia una mayor protección de los trabajadores y a las empresas de manera conjunta, es la única forma para afrontar la crisis e ir camino a una “normalidad mejor”.

Foto: Fenupssa

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *