TRABAJO

Rosa Varillas

I. Políticas implementadas por el gobierno

Sector formal

Al declararse la cuarentena obligatoria en el mes de marzo del presente año, el gobierno dispuso como regla general, tanto para el sector público como privado, el trabajo remoto con el fin de proteger a los trabajadores ante los aumentos de contagios por Covid-19. De esta manera, salvo los trabajadores que fueron considerados como servicios esenciales, el resto paso al trabajo remoto y en caso de que por la naturaleza de los servicios sea imposible su implementación se estableció la licencia con goce de haber, con el fin de que posteriormente se retribuirían las horas dejadas de laborar cuando se reincorporen a sus trabajos, percibiendo de manera íntegra sus remuneraciones. Asimismo, se aprobó la suspensión de los aportes previsionales del mes de abril y mayo.

Estas medidas fueron positivas debido a que de esa manera se protegían los empleos y los ingresos de los trabajadores mientras duraba la cuarentena obligatoria; sin embargo, su eficacia solo era para los trabajadores formales, es decir para un 25% aproximado de la PEA. Lo cuestionable fue que el gobierno tomo medidas para dar liquidez a los trabajadores pero permitiendo el uso de sus propios fondos que tenían otra finalidad como la CTS en casos de despidos y la AFP para las pensiones. De esta manera, se aprobó la libre disposición de la CTS hasta por el monto de S/. 2 400.00 y el retiro del fondo privado de pensiones hasta S/. 2 000.00 si la remuneración del trabajador era menor de S/. 2 400.00. Posteriormente, el Congreso ampliaría esta medida al aprobar el retiro de los fondos de pensiones de la AFP hasta el 25%.

Las medidas que protegían a los trabajadores en sus empleos y sus ingresos sólo duro un mes, debido a que el gobierno aprobó la suspensión perfecta de labores para el sector privado y las empresas públicas bajo el ámbito de FONAFE, estableciendo diversos requisitos como la imposibilidad de implementar el trabajo remoto y la licencia con goce de haber, la afectación económica de las empresas, la reducción de sus ventas, la utilización de medidas previas como otorgar vacaciones actuales y futuras, reducción de la jornada y la remuneración, entre otras. Señalando que la suspensión perfecta de labores debía ser la última medida a implementar y que para ello tenía que reunirse con el Sindicato.

Este nuevo escenario perjudicó a muchos trabajadores que de un momento a otro dejaron de percibir sus ingresos, los empleadores presentaron las solicitudes de suspensión perfecta de labores a la Autoridad Administrativa de Trabajo incluso antes que salga el reglamento de la Ley. Generando gran preocupación el plazo de 30 días que establecía la norma para resolver la procedencia o no de la suspensión perfecta de labores, permitiendo con el silencio administrativo positivo que éste favorezca al empleador si la autoridad inspectiva no resolvía el caso. Ante diversos pedidos de fortalecer SUNAFIL en este contexto, la entidad convocó a un concurso público e incorporó a 100 nuevos inspectores de trabajo, contándose a la fecha con 822 miembros del personal inspectivo.

A los trabajadores afectados con la suspensión perfecta de labores el gobierno les otorgó medidas complementarias como la libre disposición de sus fondos previsionales privados de S/. 2 000.00, el uso de una remuneración mensual de su CTS por cada mes de suspensión perfecta, entre otros. En el caso de las Mypes y para los trabajadores con una remuneración menor a los S/. 2 400.00 que fueron puestos en suspensión perfecta de labores el gobierno aprobó otorgar una subvención de S/. 760.00 por cada mes de suspensión hasta un máximo de tres meses, el cual se amplió para las empresas que no cuenten con más de 100 trabajadores.

Sector informal

La mayor parte de los trabajadores, es decir más del 75% de la PEA en el Perú es informal, independiente o autónomo, por lo que cuando se ingresó a una cuarentena obligatoria la pérdida de sus empleos y de sus ingresos fue automático. Para ellos no hubo una respuesta integral por parte del gobierno, quien en un primer momento aprobó el bono “Yo me quedo en casa” de S/. 380.00 sólo para las familias vulnerables, es decir en situación de pobreza o pobreza extrema.

Luego, ante el reclamo de los trabajadores informales que no fueron beneficiados por apoyo alguno, el gobierno aprueba dos veces la entrega del bono “Independiente” de S/. 380.00. Sin embargo, el bono no cubrió a todos los informales, la mayoría estuvo al margen de dicho beneficio, quedándose demostrado que el gobierno no tenía un registro de los trabajadores informales y la data utilizada no estaba actualizada. A ello se sumó que durante toda la pandemia no se aperturaron canales de diálogo con los representantes de los trabajadores, incluso el gobierno no recibió a las asociaciones y gremios de los trabajadores informales que demandaban la falta de acceso al apoyo directo del gobierno.

II. Medidas propuestas por organismos internacionales ante la crisis

Los organismos internacionales han presentado diversas medidas sobre el trabajo para hacer frente a la crisis.

OIT: Propuso un “Marco general de políticas de la OIT: cuatro pilares fundamentales para abordar la crisis de la COVID-19 de conformidad con las normas internacionales del trabajo” [1]:

Pilar 1: Estimular la economía y el empleo

Contempla: Una política fiscal activa; una política monetaria flexible; préstamos y ayuda financiera a sectores específicos, incluido el sector de la salud.

Pilar 2: Apoyar a las empresas, los empleos y los ingresos

Contempla: Extender la protección social a toda la sociedad; aplicar medidas de mantenimiento del empleo; ofrecer a las empresas ayuda financiera/fiscal y otros medios de alivio.

Pilar 3: Proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo

Contempla: Reforzar las medidas de SST; adaptar las modalidades de trabajo (por ejemplo, el teletrabajo); prevenir la discriminación y la exclusión; permitir el acceso a la sanidad para todos; ampliar el recurso a una licencia remunerada.

Pilar 4: Buscar soluciones mediante el diálogo social.

Contempla: Fortalecer la capacidad y la resiliencia de las organizaciones de empleadores y de trabajadores; fortalecer la capacidad de los gobiernos; fortalecer el diálogo social, la negociación colectiva y las instituciones y mecanismos de las relaciones laborales.

CEPAL y OIT: En un documento conjunto denominado “El trabajo en tiempos de pandemia: desafíos frente a la enfermedad por coronavirus (Covid-19)”[2], señalaron tres  áreas principales: 1) La protección de los trabajadores en el lugar de trabajo;

2) La protección de la actividad económica y la demanda de la mano de obra; y,

3) El apoyo al empleo y el mantenimiento de los ingresos.

ONU: En su informe “El impacto del Covid-19 en América Latina y el Caribe”[3] propone que la recuperación posterior a la pandemia debe tomar en cuenta lo propuesto en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible con un nuevo equilibrio entre el papel del Estado, el mercado y la socie­dad civil promoviendo la creación de empleos decentes y la protec­ción de la naturaleza y el medio ambiente. En cuanto a las recomendaciones de corto plazo sobre el empleo, propone otorgar subsidios de emergencia para las Mipymes, especialmente para cubrir los costos laborales. Establecer condiciones para el apoyo financiero a las grandes empresas, como proteger el empleo, realizar inversiones verdes y otros. Medidas de protección social para los trabajadores formales,  el teletrabajo y la protección del ingreso y el empleo (seguro de desempleo, licencia médica, prohibiciones de despido).

III. Instrumentos Normativos del Parlamento Andino

Desde el despacho del parlamentario andino Alan Fairlie se propusieron diversos instrumentos normativos de su autoría y que fueron aprobados por el Parlamento Andino para proteger a los trabajadores previo a la pandemia, los cuales han cobrado vigencia debido a que abordan propuestas de políticas tomadas en cuenta por los organismos internacionales para hacer frente a la crisis.

Un aspecto esencial parte de repensar nuestros sistemas de seguridad social, los cuales deben ser universales y proteger a la población ante las diversas contingencias que se presentan. En ese sentido, el Marco Normativo “Sobre Garantías Mínimas de Seguridad Social en los países Andinos” promueve el acceso universal a la seguridad social a todas las personas, al ser un derecho humano fundamental, solidario y redistributivo e insta a los gobiernos a velar por su cumplimiento, a fin de que todas las personas gocen de una vida digna y de calidad. Asimismo, la Recomendación 378 “Sobre los Pisos de Protección Social para los trabajadores andinos” el cual se basa en la Recomendación N° 202 de la OIT hace un llamado a reconocer la necesidad de garantizar los pisos de protección social de acceso a todos los trabajadores durante todas las etapas de la vida. En ambos instrumentos además se propone incorporar el seguro de desempleo como parte de la seguridad social, tan importante para las condiciones actuales donde los trabajadores han perdido sus empleos.

Por otra parte, como se ha señalado, los trabajadores informales están siendo los más perjudicados durante la pandemia debido a que no tienen acceso a la seguridad social ni cuentan con los beneficios de los trabajadores formales, y no han contado con apoyo por parte del gobierno. Siendo necesario retomar las medidas para la formalización de los trabajadores como lo establece la Recomendación N° 338 “Exhortar a los Países Andinos a Impulsar la Transición de la Economía Informal a la Economía Formal” busca que los países Andinos adopten e implementen la Recomendación N° 204 de la OIT para implementar medidas y políticas  a través de un proceso ordenado y progresivo de tránsito de la informalidad a la economía formal respetando los estándares laborales.

Finalmente, desde el inicio de la pandemia se resaltó la necesidad de que las medidas que sean adoptadas por los gobiernos deban de ser discutidas previamente en instancias de diálogo social. En los países donde primó el diálogo social, las medidas fueron asumidas por consenso y no se vulneraron derechos laborales; sin embargo, eso no sucedió en nuestro país. Para reforzar la necesidad de implementar mecanismos de diálogo social tenemos la Recomendación N° 398 “Promover y Fortalecer el Diálogo Social en los Países Andinos Frente a los Cambios en el Mundo del Trabajo”.La recomendación busca promover y fortalecer el diálogo social a fin de afrontar los cambios que se están dando en el mundo del trabajo con el fin de que  respetar el trabajo decente.


[1] Véase en: https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@dgreports/@dcomm/documents/briefingnote/wcms_745965.pdf

[2] CEPAL & OIT. (2020). “El trabajo en tiempos de pandemia: desafíos frente a la enfermedad por coronavirus (Covid-19)”.

[3] Véase en: https://reliefweb.int/report/world/informe-el-impacto-del-covid-19-en-am-rica-latina-y-el-caribe-julio-2020

Foto: Diario Gestión

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