Argentina: políticas económicas del nuevo gobierno

Alan Fairlie

Conforme lo hemos señalado en un artículo previo “Crisis argentina y cambio de gobierno” (http://alanfairliereinoso.pe/?p=5027), Argentina se encuentra en la actualidad en una situación muy crítica de su economía. Uno de los principales problemas que enfrenta este país es la insostenibilidad de la deuda externa (representa en la actualidad el 56% del PBI[1]).

Las medidas que busca implementar el nuevo gobierno de Fernández-Fernández para enfrentar la actual crisis económica y social están plasmadas en el “Proyecto de Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública”, que será debatido en los siguientes días por la Cámara de Diputados y el Senado.

En el Cuadro 1 se presenta un resumen de las medidas sociales y económicas de este megaproyecto:

Cuadro 1

Argentina: medidas del “Proyecto de Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública” presentadas por el actual Gobierno

Medidas sociales Medidas económicas
Haberes previsionales y aumentos salariales:
– Durante el plazo de 180 días, el Gobierno Nacional deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales de la totalidad de los regímenes bajo su administración, atendiendo prioritariamente a los sectores de más bajos ingresos.
–  El Ejecutivo estará facultado de: disponer en forma obligatoria que los empleadores del sector privado abonen a sus trabajadores incrementos salariales mínimos; eximir temporalmente de la obligación del pago de aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino; y, efectuar reducciones de aportes patronales y/o de contribuciones personales al Sistema Integrado Previsional Argentino, limitadas a jurisdicciones y actividades específicas o en situaciones críticas.
 
Emergencia sanitaria:
–   Monitoreo de los precios de medicamentos e insumos del sector salud y de alternativas de importación directa y licencias compulsivas u obligatorias que afecten el acceso de la población.
–   Eximir el pago de derechos de importación y de todo otro impuesto a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud.
–   Restablecer el Programa Nacional “Remediar” para garantizar la provisión de insumos y medicamentos críticos.
–   Creación de una Comisión Asesora para relevar la situación de endeudamiento sectorial público y privado.
–   Se realizaran aportes al Fondo Solidario de Redistribución y recibirán reintegros y otro tipos de aportes por parte de la Superintendencia de Servicios de Salud.
–   Elaboración de un Plan Federal de Salud que promueva la equidad, el acceso y la calidad en la atención de la salud.
–   Creación de una Comisión Interministerial para analizar el impacto de la carga impositiva y tributaria sectorial a fin de favorecer el acceso a los bienes y servicios de salud.

Créditos UVA:
 El BCRA realizará una evaluación sobre el desempeño y las consecuencias del sistema de préstamos UVA (Unidad de Valor Adquisitivo)[1] para la adquisición de viviendas, sus consecuencias sociales y económicas, y estudiará mecanismos para mitigar sus efectos negativos atendiendo al criterio del esfuerzo compartido entre acreedor y deudor.
 
Suspender la aplicación de: la disolución de las sociedades debido a la pérdida de capital social; y la reducción obligatoria del capital cuando las pérdidas insumen las reservas y el 50% del capital social; ambas establecidas en la Ley General de Sociedades N° 19.550[2].

Sostenibilidad de la deuda pública:
Se faculta al Poder Ejecutivo llevar adelante las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública a través de la emisión de un informe con los resultados alcanzados como producto de las gestiones y actos mencionados a la  Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y
Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.
 
Sistema energético
–     Proceso de renegociación tarifaria integral  para reducir la carga tarifaria real sobre los hogares y las empresas para el año 2020.
–     El Poder Ejecutivo Nacional está facultado de intervenir administrativamente en el Ente Regulador de la Electricidad (ENRE) por un año.
 
Obligaciones tributarias
–     Establecimiento por cinco periodos fiscales del Impuesto “Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” del 30% sobre el importe o precio de la compra de billetes y divisas en moneda extranjera; cambio de divisas efectuados por las entidades financieras; adquisición de servicios en el exterior contratados por agencias de viajes y turismo; adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país. El destino de estos impuestos serán para financiar los programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (70%) y solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso RENABAP y fomentar el desarrollo del turismo local (30%).
–     Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para las MIPYMES.
–     Reintegros a sectores vulnerados;  para estimular la formalización de la economía,  el cumplimiento tributario y la inclusión financiera.
–     Establecer alícuotas correspondientes a las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social.
–     Modificación del  ajuste por inflación impositivo.
–     Modificación de los impuestos a bienes personales e impuesto cedular.
–     Cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo, bajo cualquier forma, los débitos efectuados estarán sujetos al doble de la tasa vigente sobre el monto de los mismos. Lo dispuesto no resultará de aplicación a las cuentas cuyos titulares sean personas humanas o personas jurídicas que revistan y acrediten la condición de Micro y Pequeñas Empresas.
–     Aumento del 30% en el impuesto a las ganancias.
–     Establecer un 3% la alícuota de la tasa de estadística aplicable a las destinaciones definitivas de importación para consumo y a las destinaciones suspensivas de importación temporaria.
–     Modificación de los Impuestos internos.
 
Derechos de exportación
–   Se prohíbe que la alícuota de los derechos de exportación supere el 33 % del valor imponible o del precio oficial FOB para las habas (porotos) de soja.
–   Se prohíbe superar el 15 % para aquellas mercancías que no estaban sujetas a derechos de exportación al 2 de septiembre de 2018 o que tenían una alícuota de 0% a esa fecha.
–   Se prohíbe superar el 5 % de alícuota para los productos agroindustriales de las economías regionales definidas por el Poder Ejecutivo Nacional.
–   Las alícuotas de los derechos de exportación para bienes industriales y para servicios no podrán superar el 5% del valor imponible o del precio oficial FOB.
–   Los derechos de exportación se reducirán para bienes cuya producción implique un mayor agregado de valor a partir de los insumos utilizados y el Poder Ejecutivo Nacional desarrollará políticas de estímulo para los productores.
–   El 70 % del valor incremental de los derechos de exportación previstos en esta ley, será destinado al financiamiento de los programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
 
Se exceptúa del pago de los derechos que: gravan la exportación para consumo a las empresas del Estado regidas por la Ley N° 13.653 y las sociedades del Estado regidas por la Ley N° 20.705 que tengan por objeto desarrollar actividades de ciencia, tecnología e innovación.
 
Reservas de libre disponibilidad por parte del BCRA para el pago de la deuda en moneda extranjera por el monto de 4,571 millones de dólares.
 
Modificación temporaria de: la Ley de administración financiera y sistemas de control del sector público nacional
 
Rediseño organizacional de la Administración Pública Nacional descentralizada mediante la modificación, creación, fusión y supresión total o parcial de organismos descentralizados, así como modificación de sus autoridades superiores, objetivos, funciones, atributos y competencias.

Fuente: Clarín Economía (17.12.2019).

Disponible en: https://www.clarin.com/economia/ley-solidaridad-social-lee-proyecto-completo-mando-alberto-fernandez-congreso_0_dxORHsjK.html

Elaboración: Propia.

De acuerdo con los últimos acontecimientos, el “Rediseño organizacional de la Administración Pública Nacional descentralizada” ha sido la medida más criticada por la oposición, por considerarla autoritaria. Es por ello que el Presidente retiró este artículo del proyecto (18.12.2019)[4].

Balance

El gobierno busca cumplir lo ofrecido en campaña. Aumentando ingresos de los trabajadores y sectores vulnerables para reactivar la economía y reducir la pobreza. Financiar el déficit con aumento de retenciones en exportaciones primarias, buscar desdolarización de la economía y renegociar la deuda externa, un pacto productivo en dialogo con los gremios empresariales.

Se busca priorizar lo productivo sobre lo financiero, moviendo nuevamente la economía. Es una propuesta integral que ojalá tenga éxito por el bien del pueblo argentino, sobre todo la población de menores ingresos.


[1] Al 2018. Tomado de la Base de Datos del Banco Mundial. Véase: https://datos.bancomundial.org/indicador/DT.DOD.DECT.GN.ZS?locations=AR&view=chart

[2] BCRA. ¿Cómo funcionan los préstamos hipotecarios UVA? Véase: http://www.bcra.gov.ar/BCRAyVos/Preg-Frec-C%C3%B3mo-funciona-los-pr%C3%A9stamos-hipotecarios-UVAs.asp

[3] Disponible en: http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic3_arg_ley19550.pdf

[4] El oficialismo retiró el artículo 85 del proyecto (18.12.2019). Véase: https://www.milpatagonias.com/el-oficialismo-retiro-el-articulo-85-del-proyecto-n8009

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