OP5 – Mercado Laboral: Profundizan reformas antilaborales

Escriben:
Alan Fairlie 
Rosa Varillas

El Plan Nacional de Competitividad y Productividad en relación al objetivo prioritario Nº 05 señala que “se hace necesaria la revisión y adaptación del marco regulatorio laboral en consideración a los cambios que la tecnología ha introducido en el desarrollo y la forma de las relaciones laborales” (MEF, 2019, p. 65). Propone la modificación de las normas laborales a través de Decretos Supremos y Proyectos de Ley; además de señalar que sólo se presentará el Proyecto de Ley General del Trabajo al CNTPE. En las ocho medidas de políticas que establece el Plan, se modificará el Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo (D.L. Nº 728), Ley de Modalidades Formativas, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, Ley que regula el Teletrabajo, SUNAFIL, Servicio Nacional de Empleo, entre otros.

Respecto a la actualización del marco normativo laboral, propone modificar el DS Nº 001-96-TR, Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, para incorporar la determinación prorrateada mensual de beneficios laborales tras acuerdos con el empleador, que se podría entender como la incorporación mensual de los beneficios laborales en las remuneraciones, generándose su desnaturalización como lo hace la Ley de Promoción Agraria. Sobre los ceses colectivos, incluye la definición de la situación económica habilitante que pretendería flexibilizar los requisitos para los ceses colectivos, para la CONFIEP[1] existe rigidez en el procedimiento. En cuanto a la jornada a tiempo parcial, se aumentarían las horas, sin reconocer los derechos de la jornada completa, la CONFIEP[2] ya señaló que la jornada diaria menor de cuatro horas es restrictiva. Respecto al Teletrabajo, proponen modificar la Ley N° 30036, con el fin de  revisar y actualizar la norma; sin embargo, la CONFIEP[3] ha cuestionado que dichos trabajadores tengan los mismos derechos y beneficios del esquema convencional.  

En cuanto a las Mype, bajo el criterio de combatir la informalidad, se modernizaría el régimen, otorgando más beneficios tributarios y laborales, revisando el sistema de salud y pensiones, con amnistías administrativas, y programas de formalidad, entre otros. Sobre la Modernización del Sistema de Inspección del Trabajo,se pretende ampliar las capacidades de las intervenciones fiscalizadoras, y delimitar de mejor forma sus competencias; adoptar el uso de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) para las denuncias, y recibir notificaciones electrónicas. Mediante proyectos de Ley abordarán, la conciliación administrativa como facultad de la inspección del trabajo, la actuación de peritos en el marco de los procedimientos inspectivos, y la determinación de las materias que requieran ser atendidas por el Poder Judicial de forma excluyente.

Las demás Medidas de Política que contiene el Plan se refieren a la Mejora del marco legal de Modalidades Formativas modificando la Ley Nº 28518, la reestructuración de programas de inserción y promoción de empleabilidad para fortalecer las habilidades socioemocionales o habilidades blandas, y la Modernización del Servicio Nacional de Empleo para fortalecer la inserción de los usuarios.

Balance:

Aspectos Positivos

Consideramos positivo fortalecer las competencias y habilidades de los jóvenes trabajadores para poder acceder a puestos de trabajo. En ese sentido, el despacho parlamentario presentó un proyecto de Marco Normativo “Para impulsar la inserción juvenil al mercado laboral en los países Andinos”, que está pendiente de debate en el Parlamento Andino.

El uso de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en las denuncias y notificaciones de SUNAFIL, y la Modernización del Servicio Nacional del Empleo, para mejorar la oferta de bolsas de trabajo, son medidas positivas, pero se debe buscar que los puestos de trabajo no sean principalmente los de baja productividad.

Aspectos Críticos

El objetivo de lograr un mercado laboral dinámico y competitivo para alcanzar un trabajo digno, no ha sido atendido en el Plan. Lo que se ejecuta principalmente es la profundización de las reformas laborales de la década de los noventa, creando condiciones para más flexibilización laboral, y trabajo precario.

El Plan tiene un perfil básicamente pro empresarial, sus medidas de política han recogido algunas de las propuestas que la CONFIEP presentó a través de su documento Agenda País, pero ninguna de las propuestas por los trabajadores. Bajo el planteamiento de que se debe de actualizar la normativa laboral ante los cambios tecnológicos, se pretende otorgar más beneficios a las empresas.

La modificación del Decreto Supremo Nº 001-96-TR, Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, Decreto Legislativo Nº 728, sobre beneficios sociales, ceses colectivos, y jornada a tiempo parcial, pretende modificar los derechos laborales contenidos en la norma o flexibilizarlos,  lo que perjudicaría a los trabajadores.

Se continúa otorgando más beneficios a las Mypes, las cuales pueden formalizarse empresarialmente, pero ello no significa formalización laboral. Los índices de informalidad laboral continúan elevados. Además, ampliarían el subsidio del Estado en pensiones y salud.

Respecto a las Modalidades formativas, hace poco tuvimos el proyecto de Ley Nº  1215/2016-CR , “Ley Pulpin 2” que proponía no otorgar subvención económica a los estudiantes de institutos técnicos que hagan prácticas. El acceso de los jóvenes a un puesto de trabajo, no debe orientarse por la reducción de derechos, sino más bien por brindar empleos dignos.

El Plan señala que se debe fortalecer el Sistema Inspectivo, pero sigue manteniendo el Decreto Supremo 007-2017-TR que debilita la inspección laboral, al prohibir la duplicidad de inspecciones al mismo sujeto inspeccionado durante el año. Tampoco señala la necesidad de implementar intendencias de SUNAFIL en las 8 regiones faltantes. Por otro lado, causa preocupación la “delimitación las competencias” de las intervenciones fiscalizadoras, dado que esta situación podría generar restricciones, además de que los Proyectos de Ley podrían flexibilizar la labor inspectiva, y restringir las acciones judiciales de los trabajadores ante los incumplimientos de los empleadores.

El debate del Plan no ha pasado por el diálogo social a través del Consejo Nacional del Trabajo, vulnerándose el Convenio Nº 144 de la OIT “Sobre la consulta tripartita” que el Perú ha ratificado, con lo que terminará aprobando de facto, las modificatorias dictadas por la CONFIEP.

Foto: Vanguardia.com.mx


[1] CONFIEP. (2018). Agenda País. Versión 1.0.

[2] Ídem.

[3] Ídem.

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